Especialistas en sucesiones
Te otorgamos la mejor gestión personalizada para conseguir la sucesión de cualquier bien hereditario de manera completamente eficiente y rápida. Consultá con nuestro equipo de abogados especialistas en sucesiones para saber cómo actuar sin perder tiempo con juicios largos y costosos.

Abogados sucesiones
Brindamos un servicio de calidad con el objeto de lograr celeridad en el inicio y tramitación del proceso sucesorio.
Nuestro trabajo como abogados de sucesiones comienza por identificar y valorar los bienes y activos del fallecido. Esto puede incluir propiedades, cuentas bancarias, inversiones, vehículos y otros activos.
Es muy común que surjan disputas entre los herederos durante el proceso de sucesión, especialmente si no hay un testamento o si hay disputas sobre la distribución de los bienes y activos. Como abogados especializados en sucesiones, estamos preparados para resolver estas disputas y garantizar que se tomen las decisiones correctas.
Algunas de las preguntas más frecuentes que llegan a nuestro Estudio acerca de abogados de sucesiones son las siguientes: cuánto cuesta una sucesión o cuánto sale iniciar los trámites de sucesión.
En principio, debemos decir que nuestro Estudio tramita sucesiones tanto en Capital Federal como en la provincia de Buenos Aires y que para establecer los honorarios en una sucesión primero es necesario estimar algunas cuestiones importantes.
En esencia, nuestro Estudio ofrece una equilibrada relación entre experiencia y calidad y un costo razonable en los honorarios para llevar adelante el trámite sucesorio. Entendemos a la perfección que este tipo de asuntos necesitan ser resueltos de forma eficaz y rápida y, con el fin de lograr esos objetivos, ponemos toda nuestra trayectoria y conocimientos en la materia para que el cliente no deba preocuparse en el trámite de la sucesión.
En otras palabras, el costo de una sucesión depende en gran medida de los gastos que ocasione, pero el cliente debe saber que iniciarla no supone un costo elevado. En nuestro Estudio otorgamos el más alto nivel en términos de asesoramiento personalizado, gestión del caso y tramitación de sucesiones mediante nuestros abogados de sucesiones formados de manera sólida en esta materia.
Sabemos que superar la pérdida de un familiar lleva mucho tiempo y también somos consientes de lo que cuesta tomar la iniciativa de iniciar una sucesión. Pero es muy importante que los bienes dejados por el causante sean transmitidos a sus herederos para que puedan disponer de ellos.
Comprendemos que elegir un Estudio de abogados para realizar los trámites de una sucesión es una cuestión que puede llegar a ser compleja, habida cuenta que la confianza es un factor clave para tomar esa decisión. Por tal motivo, te invitamos a realizar una consulta sin costo con nuestro equipo de abogados especialistas en sucesiones, para que puedas sacarte todas tus dudas y conocer nuestra forma de trabajo.
¿Qué documentación se necesita para iniciar una sucesión?
Para iniciar una sucesión, se debe contar con la siguiente documentación:
-Partida de defunción de la persona fallecida.
-Partida de matrimonio del fallecido (si hubiera estado casado).
-Partida de nacimiento de los hijos.
Con dichos documentos se acredita el fallecimiento del causante y el vínculo habido con el mismo.
También es importante toda la documentación que se tenga sobre: cuentas bancarias, escrituras de inmuebles de la persona fallecida, títulos de dominio de automotor o embarcaciones.
Si no contás con estos documentos, no te preocupes, nuestro estudio puede gestionar la tramitación de los mismos.
¿Es caro iniciar una sucesión?
Como fuera dicho, sabemos que hay inquietudes frecuentes que se presentan ante la posibilidad, o la necesidad, de iniciar los trámites de una sucesión. En primer lugar, hay que mencionar que, para determinar con exactitud los honorarios en una sucesión, se requiere hacer una estimación sobre los gastos en conjunto que ocasionará el trámite sucesorio y la cantidad de bienes que ha dejado el causante.
Más allá de esto hay que mencionar que iniciar el trámite no es costoso y puede realizarse de forma verdaderamente rápida, siempre y cuando se recurra a profesionales de nivel y especializados en el tema. Es por eso que, es fundamental que el cliente sepa que en nuestro Estudio podrá encontrar la más completa orientación legal en relación a su caso en particular.
Desde aquí entendemos más que nadie que el cliente sienta la necesidad de saber de antemano cuánto cuesta una sucesión, y eso es precisamente lo que nuestros profesionales le informarán en una consulta personalizada y totalmente confidencial. En principio, insistimos, se deben estimar algunas cuestiones relevantes, como por ejemplo la tasación que se haga sobre los bienes que sean parte de esa sucesión.
Podemos hablar aquí de inmuebles, por ejemplo, o cualquier otro tipo de bien (como un auto), que necesitan ser valuados debidamente. Entrando en mayores detalles, aunque siempre desde una perspectiva general del tema, los gastos más importantes son consecuencia de la intervención de un escribano público, edictos, división de bienes, tasa de justicia, entre otros.
Nuestro estudio de abogados de sucesiones garantiza el mayor nivel de responsabilidad y experiencia, y una minuciosa rendición de cuentas en función de los gastos surgidos a lo largo de la sucesión. De este modo, podemos brindar un servicio transparente desde el primer día hasta que el trámite finaliza por completo.
Desde ya que la mejor forma de saber cuánto cuesta una sucesión es a través de una consulta personalizada, con el objeto de analizar meticulosamente cada caso y poder brindarle al cliente información mucho más detallada respecto de este tema que, sin dudas, forma parte de las preguntas más frecuentes que recibimos.
Contamos con muchos años de trayectoria resolviendo trámites de sucesión de manera expeditiva. Esto es posible debido al grado de especialización de nuestro equipo de profesionales. Por todas estas razones es que FISZMAN ABOGADOS es la mejor opción para llevar adelante una sucesión.
Para más información recomendamos contactarse con nuestros abogados especialistas en sucesiones, quienes inmediatamente responderán todas tus dudas e inquietudes.
Guía de preguntas frecuentes
sucesiones
-Cónyuge supérstite, herederos y/o legatarios.
-El albacea (persona encargada de ejecutar el testamento).
-Los acreedores del causante y/o de quienes heredan.
La sucesión puede ser iniciada por cualquiera de esas personas. Vale aclarar que, aunque la sucesión fuera iniciada sólo por uno de los herederos, no significa que el resto sea excluido o no tenga derechos. La declaratoria de herederos se dictará a favor de todos, incluso todos ellos serán citados para que comparezcan al juicio sucesorio. A mayor abundamiento, una vez dictada la declaratoria, se la hará “sin perjuicio de terceros”, siendo que si con posterioridad apareciera otro heredero, siempre y cuando acredite tal condición, podrá solicitar al juez ser declarado como tal.
Para iniciar una sucesión, se debe contar con la siguiente documentación:
-Partida de defunción de la persona fallecida
-Partida de matrimonio del fallecido (si hubiera estado casado).
-Partida de nacimiento de los hijos.
Con dichos documentos se acredita el fallecimiento del causante y el vínculo habido con el mismo.
También es importante toda la documentación que se tenga sobre: cuentas bancarias, escrituras de inmuebles de la persona fallecida, títulos de dominio de automotor o embarcaciones.
Si no contas con estos documentos, no te preocupes, nuestro estudio puede gestionar la tramitación de los mismos.
La sucesión debe iniciarse en el departamento judicial del último domicilio del causante que, en principio, es el que surge de la partida de defunción.
En nuestro país existen dos tipos de sucesiones:
-La sucesión Ab-intestato (o sin testamento), que resulta ser la más frecuente.
-La sucesión testamentaria, en los casos en que el causante haya expresado su voluntad antes de fallecer y, precisamente, ha dejado un testamento.
Los herederos forzosos son las personas que tienen garantizada una parte de la herencia. Esta parte obligatoria de la herencia se llama “legítima”. Los herederos forzosos son los hijos, el cónyuge supérstite y los padres del fallecido.
En otras palabras, los herederos forzosos son quienes reciben, mínimamente, la parte de la herencia que el causante no puede disponer.
Obviamente, si no se ha dejado testamento, reciben la totalidad de la herencia, conforme los porcentuales que marca la ley.
Cuando la persona fallecida no hubiera dejado testamento, la ley es la que establece quiénes son las personas llamadas a heredar los bienes del difunto. En orden de prelación, estas personas son: el cónyuge, los hijos, padres, hermanos, tíos, sobrinos y primos.
En el supuesto que el fallecido hubiese dejado testamento, heredarán, también, las apersonas que surjan del mismo, siempre que no se afecte la legítima de los herederos forzosos, como fuera explicado en la respuesta anterior.
1. En primer lugar, los descendientes (hijos, nietos) y el cónyuge.
2. En segundo lugar, en el caso que no haya descendientes, los ascendientes (padres) y el cónyuge.
3. En tercer lugar, en el caso que no haya descendientes ni ascendientes ni cónyuge, los colaterales (hermanos).
4. Por último, en el caso que no haya descendientes ni ascendientes ni cónyuge ni colaterales, los demás parientes hasta el cuarto grado (tíos, sobrinos y primos).
Más allá de este cuarto grado de parentesco no hay posibilidad de heredar si no existe testamento dejado por el causante.
Es la resolución más importante que dicta el Juez de la sucesión. Con ella se reconoce el carácter de heredero una vez acreditado el vínculo con el fallecido/causante.
Los bienes gananciales son aquellos que fueron adquiridos luego de la celebración del matrimonio. Por el contrario, los bienes propios son los que la persona fallecida ya poseía antes de casarse o bien, los adquiridos con posterioridad al casamiento pero a título gratuito (herencia, donación, etc.).
En el caso que todas las personas que heredan al causante están de acuerdo en vender alguno o todos los bienes que integren el haber sucesorio, los mismos pueden ser vendidos por tracto abreviado. De esa manera se transmiten los bienes dejados por el causante directamente al comprador, sin tener que inscribirlos previamente a nombre de los herederos, ahorrándose de este modo tiempo y dinero.
Los herederos forzosos (hijos/cónyuge/padres del difunto) entran en posesión de los bienes hereditarios desde el momento en que se produce el fallecimiento del causante. Por el contrario, el resto de los herederos (hermanos/ tíos/ sobrinos/ primos/testamentarios), recién podrán entrar en posesión de los bienes que heredan una vez que el juez a cargo de la sucesión así lo disponga, luego de acreditado el fallecimiento del causante y su derecho a heredarlo.
Sé pasa a ser titular de los bienes dejados por el difunto una vez producida la partición hereditaria e inscripta dicha situación en los registros correspondientes.
Por eso es fundamental tramitar la sucesión cuanto antes con un abogado sucesiones, para poder disponer de los bienes dejados por el causante.